Si tu empresa emite facturas con un programa informático —da igual si es un ERP conocido, una hoja de cálculo con macros o un sistema hecho a medida hace años—, Verifactu te afecta. Y aunque las fechas suenen lejanas, la adaptación técnica no es un trámite de una tarde.
Esta es la guía corta que le daríamos a un cliente: qué es, si te toca, cuándo y qué hacer este trimestre.
Qué es Verifactu (y qué no)
Verifactu es el nombre corto del reglamento aprobado por el Real Decreto 1007/2023, que fija los requisitos que debe cumplir cualquier sistema informático de facturación (SIF) usado en España. En la práctica exige que tu software:
- Genere un registro de facturación por cada factura, en el momento de emitirla.
- Encadene esos registros con una huella digital (hash), de forma que no se pueda borrar ni alterar una factura sin dejar rastro.
- Incluya un código QR en cada factura, con el que cualquiera puede contrastarla ante la AEAT.
- Mantenga un registro de eventos del propio sistema (quién hizo qué y cuándo).
Existen dos modalidades: la modalidad VERI*FACTU, en la que el software remite los registros a la AEAT en el momento, y la modalidad de no remisión, que exige requisitos reforzados de conservación y firma. Para la mayoría de pymes, la primera será la vía simple: menos obligaciones de custodia a cambio de enviar los datos.
No es el SII: si tu empresa ya está en el Suministro Inmediato de Información (grandes empresas y grupos de IVA, principalmente), quedas fuera del ámbito de Verifactu.
Fechas: a quién le toca y cuándo
| Quién | Obligado desde |
|---|---|
| Sociedades (contribuyentes del Impuesto sobre Sociedades) | 1 de enero de 2027 |
| Autónomos y resto de obligados | 1 de julio de 2027 |
Este calendario ya se ha prorrogado una vez; trabaja con estas fechas como tope, no como meta. El software, además, debe venir con una declaración responsable del fabricante que certifique que cumple el reglamento.
«Yo facturo con Excel / Word / un sistema propio»
Aquí está el riesgo real, y también la oportunidad:
- Plantillas de Word o Excel sin más: emitir facturas “a mano” no convierte tu ordenador en un SIF, pero en cuanto usas un programa que ayuda a facturar (numeración automática, macros, base de datos de clientes), entras en el ámbito del reglamento. La zona gris es estrecha y la prueba en contra es incómoda.
- Software comercial: pregunta a tu proveedor, por escrito, si tendrá la declaración responsable y en qué fecha. Si la respuesta es vaga, empieza a mirar alternativas.
- Sistema a medida: si la facturación vive dentro de un desarrollo propio (un ERP interno, un panel de administración, integraciones con tu operativa), alguien tiene que implementar registros encadenados, huella, QR, eventos y remisión a la AEAT. Es un proyecto de semanas, con pruebas; no de días.
Plan de acción para este trimestre
- Inventaría cómo facturas hoy. Todos los caminos: la tienda online, el ERP, ese Excel del departamento comercial que “solo se usa a veces”.
- Clasifica cada camino: software comercial (pide calendario al proveedor), software propio (dimensiona la adaptación) o proceso manual (decide a qué herramienta lo migras).
- Decide modalidad. Para la mayoría, VERI*FACTU con remisión directa simplifica la vida.
- Aprovecha la obra. Si hay que abrir la facturación en canal, es el momento barato de automatizar lo que la rodea: conciliación de cobros, recordatorios de pago, volcado a contabilidad, avisos al gestor. La obligación legal puede pagar sola una mejora operativa.
Nuestra recomendación
No esperes a 2027 por una razón simple: los proveedores y los equipos de desarrollo van a estar saturados los meses previos a cada fecha. Adaptarse en 2026 es un proyecto tranquilo; hacerlo en el último trimestre será caro y apresurado.
Si tu facturación depende de software a medida o quieres aprovechar el cambio para automatizar procesos, así es como trabajamos y aquí puedes contarnos tu caso: te decimos en 24 h si podemos ayudarte y con qué alcance.